Summary: | Introducción En las siguientes páginas se comentará la decisión dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (en adelante, CSJN o la Corte) en la causa “Institutos Médicos Antártida s/ quiebra s/ inc. De verificación (R.A.F. y L.R.H. de F.)”2 (en adelante, “Institutos Médicos”). La relevancia de la solución del caso radica en que entiende que un niño con discapacidad tiene un derecho con jerarquía constitucional a cobrar con preferencia en una quiebra a pesar de que, según la Ley de Concursos y Quiebras, su crédito era quirografario. Este caso tiene, además, la particularidad de que la Corte resolvió de manera opuesta a como lo había hecho pocos meses antes en otro caso análogo: “Asociación Francesa Filantrópica y de Beneficencia s/ quiebra s/ incidencia de verificación de crédito por L.A.R. y otros” (en adelante, “Asociación Francesa”). Considerando lo expuesto, resulta inevitable confrontar la respuesta que dio la CSJN al primero con la que dio al segundo. Para ello, se tendrá en cuenta que la decisión de la mayoría en “Institutos Médicos” es la de la minoría en “Asociación Francesa”, y viceversa, y que los hechos en ambos casos son semejantes, si bien aquí solo se desarrollarán los de “Institutos Médicos”
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