Summary: | En el marco jurídico de la CONVEMAR y a partir de las recomendaciones de la Comisión de Límites de la Plataforma Continental de la ONU realizadas en marzo de 2016, Argentina ha expandido hasta el borde de la plataforma continental - más allá de las 200 millas de su Zona Económica Exclusiva - sus derechos económicos exclusivos sobre los recursos naturales del lecho y del subsuelo frente al litoral bonaerense-patagónico, desde el límite con Uruguay al norte hasta la altura del Golfo de San Jorge al sur, y en una pequeña medialuna al sur de la Isla Grande de Tierra del Fuego. No existen controversias con los países latinoamericanos limítrofes, ni con Uruguay en el Río de la Plata, ni con Chile al sur del Cabo de Hornos. En la Antártida Argentina se mantiene la situación de no innovar como lo establece el Tratado Antártico. En las islas del Atlántico Sur persiste una situación de controversia con el Reino Unido derivada de su usurpación colonial de las Islas Malvinas. Al cumplirse un cuarto de siglo de la reforma constitucional de 1994, el Pueblo y la Nación Argentina se enfrentan al desafío de implementar una política de estado que garantice el ejercicio real de los derechos económicos exclusivos en esas enormes zonas y que haga realidad el mandato que establece la Constitución Nacional: “La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del Derecho Internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino.” Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación
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